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OTORGANTE DE CRÉDITO > TUS OBLIGACIONES

Tus obligaciones

Como en toda sana relación hay beneficios y obligaciones.

Dentro de las obligaciones que Círculo de Crédito te solicita están:

Contar con la autorización del consumidor antes de realizar la consulta.

Actualización periódica de tu base de datos en los formatos requeridos.

Para otorgantes del sector comercial se les requiere por Ley entregar a Círculo de Crédito en un periodo no mayor a los 30 días naturales después de haber realizado la consulta, la autorización del consumidor con su firma autógrafa.

Para otorgantes del sector financiero se les requiere por Ley entregar de las consultas realizadas las autorizaciones del consumidor con su firma autógrafa, de una muestra que generará Círculo de Crédito del total de sus consultas semestrales.

Cláusula de Autorización para realizar la consulta (PDF)

    Medios de entrega de las autorizaciones.
Mensajería


Entrega al área de Auditoria los documentos en original con su respectiva carta control y acuse para posteriormente ser auditados y puestos a disposición para su recolección.

Carta control y acuse (PDF)

Digitalizados


Entrega de un medio magnético al área de Auditoria con las imágenes digitalizadas de las autorizaciones del consumidor. Deberán enviar una imagen por archivo en formato *.tif, *.jpg o *.jpeg y el nombre de cada archivo deberá corresponder al número de firma resultante de la consulta hacia Círculo de Crédito.

Para poder entregar las autorizaciones de forma digitalizada es necesario seguir nuestra política y procedimientos los cuales son entregados por nuestra área de Auditoria.

Círculo de Crédito cuenta con la autorización de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores para recibir de forma digital dichas autorizaciones, en acuerdo al artículo 31 de la Ley para regular las Sociedades de Información Crediticia.


Respuesta en tiempo y forma como lo marca la Ley sobre las aclaraciones que se desprendan de la información que reportas.

Pago oportuno de los servicios recibidos.

 


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