Mis derechos
| Tu
autorizas para ser consultado en Círculo de Crédito |
Círculo de Crédito sólo
podrá proporcionar información a un Otorgante de Crédito
cuando existe la autorización expresa de la persona a ser consultada.
Excepto cuando los Otorgantes de Crédito mantengan relaciones
jurídicas con sus clientes, podrán realizar consultas
a su Reporte de Crédito, hasta que termine la relación
jurídica.
El Reporte de Crédito Especial es entregado
directamente al titular, siempre y cuando exista la autorización
expresa.
| Tu
Reporte de Crédito Especial gratis una vez cada 12 meses
|
En un periodo de 12 meses puedes solicitar tu
Reporte de Crédito Especial gratuito, siempre y cuando la entrega
se realice por correo electrónico o que lo recojas en nuestra
Oficina de Atención a Clientes. En caso que solicites la entrega
por Fax, Correo con acuse de recibo o Mensajería Especializada,
tendrás que cubrir el costo del envío.
A partir de la recepción de la solicitud,
Círculo de Crédito tiene un plazo de 5 días hábiles
para enviar el Reporte de Crédito Especial por el medio que haya
solicitado.
El Reporte de Crédito deberá contener
la identidad de los Otorgantes de Crédito que hayan consultado
tu información en los 24 meses anteriores. Así mismo debe
de anexarse al Reporte de Crédito un Instructivo de interpretación.
| Presentar
una aclaración sobre la información contenida en tu
Reporte de Crédito. |
Al momento de recibir el Reporte de Crédito
Especial te enviaremos una solicitud de aclaración para que solicites
corrección de la información contenida en el mismo.
Tu tienes derecho a presentar dos aclaraciones
en un año calendario en forma gratuita.
Se incluirá en el crédito que estás aclarando la
leyenda de “Registro Impugnado”, la cual se eliminará
hasta que concluya el trámite de la aclaración.
La respuesta a tu aclaración te será
enviada en un plazo no mayor a 44 días a partir que se reciba
la solicitud debidamente requisitada en Círculo de Crédito.
Si la respuesta a tu aclaración es procedente, se adjuntará
a tu respuesta un Reporte de Crédito Especial actualizado. También
se entregará un Reporte de Crédito actualizado a los Otorgantes
de Crédito que hubiesen consultado tu Reporte, en los últimos
6 meses.
Si el Otorgante de Crédito no contesta
la aclaración en el plazo establecido por la Ley, Círculo
de Crédito deberá modificar la base de datos de acuerdo
a lo solicitado por ti.
Cuando los errores sean imputables a Círculo
de Crédito, este último deberá corregir de manera
inmediata su base de datos.
| Ingresar
una leyenda en tu Reporte de Crédito Especial |
En caso que la respuesta de tu aclaración
no sea de tu completa satisfacción, podrás ingresar una
leyenda llamada declarativa la cual es un texto de no más de
200 palabras en el cual podrás mencionar el por que de tu inconformidad.